Qué vas a poder hacer al terminar
Casi nadie empieza formal: se empieza vendiendo, y las obligaciones se van descubriendo cuando ya hay un cliente que pide comprobante, un banco que pide papeles o un permiso que nadie tenía a la mano. El error más caro no es no tener los papeles: es no saber cuáles te corresponden. Hay cuatro listas de obligaciones en México y se parecen, pero no son lo mismo: la del que vende sin registro, la de la persona física que ya se dio de alta, la de la empresa constituida y la de quien ejerce una actividad que la ley reserva a profesionales. En esta lección vas a poder distinguir esas cuatro, decir qué está en la esfera federal, cuál en la estatal y cuál en la municipal, y separar con claridad qué puedes resolver tú solo en el portal del SAT de lo que tienes que confirmar con un contador o con un abogado.
1. Cuatro maneras de vender, cuatro listas de obligaciones
La ley no pregunta qué oficio tienes: pregunta quién está dado de alta en el registro, qué actividad económica declaras y dónde se presta el servicio. De esa combinación salen las obligaciones. Antes de seguir, separa dos cosas que se confunden: el oficio y el registro. Marisol repara electrodomésticos. Si su taller no tiene alta ante el SAT, su obligación no desaparece: lo que pasa es que existe y no se está cubriendo. Si mañana se da de alta, cambia el trámite, no el oficio.
- Vendes sin alta: no hay registro ante el SAT. La ley te aplica igual. Lo que no se cumple no se borra: se acumula y después cuesta más.
- Alta como persona física: el SAT registra tu actividad y tu régimen. Con eso aparecen tus obligaciones periódicas y la obligación de expedir comprobante de cada ingreso.
- Empresa constituida: la empresa es la contribuyente. La empresa declara y responde; el representante legal responde por lo que la empresa hizo.
- Actividad profesional reservada: hay oficios que la ley sólo deja ejercer a quien tiene cédula o registro. Si tu actividad está en esa lista, se suma ese requisito y se revisa aparte.
2. El marco federal: qué hace el SAT y qué no
El Servicio de Administración Tributaria es la autoridad federal que lleva el Registro Federal de Contribuyentes. Ahí se registran las personas físicas y las personas morales que tienen actividad económica, y de ahí sale tu constancia de situación fiscal: el documento que dice en qué régimen estás, qué actividades tienes y cuál es tu domicilio fiscal. El Código Fiscal de la Federación explica que el domicilio fiscal de una persona física con actividades empresariales es el local donde está el principal asiento de sus negocios; si no hay local, es su casa habitación, y para demostrarlo la propia ley concede un plazo breve. Marisol tiene local rentado: ahí está el asiento de su negocio.
Nota de método: en esta lección no usamos el RFC ni el CFDI reales de ninguna persona ni de ningún negocio. El caso de Marisol es un caso ficticio y los números son de práctica; lo que sí es real son las fuentes oficiales, que están al final con su fecha y su jurisdicción.
El mismo Código dice que las personas físicas y las morales deben cumplir las obligaciones del registro cuando presents declaraciones periódicas o cuando están obligadas a expedir comprobantes fiscales digitales. Y el artículo 29 es tajante: los comprobantes se expiden mediante documentos digitales a través de la página del SAT, no en un papel que tú escribes. Ahí está la diferencia entre un recibo tuyo y un comprobante fiscal: uno lo redactas tú, el otro lo emite el SAT con un folio y un sello digital.
| Nivel | Qué se resuelve ahí | Dónde se consulta |
|---|---|---|
| Federal | Alta, régimen, constancia de situación fiscal, comprobante fiscal y declaraciones | El portal del SAT y el Código Fiscal de la Federación |
| Estatal | El código fiscal de tu entidad y los impuestos que cobra | El código fiscal de tu estado y su periódico oficial |
| Municipal | Permisos del local y de la actividad que prestas | El municipio donde se presta el servicio |
| Profesional | Cédula o registro, si tu actividad está reservada | La ley federal o estatal de tu actividad |
3. Informal no significa que no haya ley
Cuando alguien dice «yo sólo vendo en la calle, no formalizo», suele estar pensando en el trámite, no en la obligación. El trámite y la obligación son cosas distintas: el trámite se pide, la obligación se cumple o se incumple. Hay tres consecuencias prácticas de vender sin registro, y conviene conocerlas antes de decidir.
- El comprobante que emite el SAT sólo lo puede emitir quien está registrado. Mientras tanto, el cliente que sí necesita comprobante se va con otro, y a ti te queda dar un recibo propio que no tiene ese efecto.
- Tus gastos se acreditan peor. Sin constancia ni comprobantes, explicar ante el SAT o ante un banco en qué gastaste es más difícil que tenerlos ordenados.
- El plazo de corrección existe, pero mientras más tiempo pasa, más caro sale. Regularizarte después no es un castigo: es un trámite que se hace mejor con los papeles ordenados.
Nada de esto es un argumento para presionarte. Para la mayoría de los negocios pequeños, el orden sensato es: primero entender qué te corresponde, luego decidir con un contador cuándo dar el alta y, mientras tanto, llevar los registros en orden. El orden no cuesta nada y sí acelera el trámite.
4. Qué lees tú solo y qué confirmas
Saber hasta dónde puedes llegar tú solo es la diferencia entre pagar una consulta y pagar cinco. Hay una frontera bastante clara. Tú puedes leer y comparar: el portal del SAT, tu constancia de situación fiscal, el comprobante que emitiste, el comprobante que te emitieron, el permiso municipal que ya tienes, la norma de tu estado y la ley federal que aplica a tu actividad. Lo que no puedes resolver leyendo es la elección concreta: qué régimen te conviene, qué declaración te toca, qué impuesto estatal se te aplica a ti, si tu actividad necesita cédula o registro, o cómo se redacta un contrato. Eso se consulta, y se consulta con alguien que ya lo ha hecho antes.
5. Ejemplos resueltos
Ejemplo resuelto 1: el mapa de obligaciones de Marisol
Paso 1. La frase que ordena el caso
Marisol escribe en una hoja: «Vendo reparación de electrodomésticos domésticos y mantenimiento del hogar, desde un local rentado, a casas y comercios de la colonia». Esa frase cabe en una línea y es la que va a llevar a cada oficina.Paso 2. El nivel federal
Entra al portal del SAT, descarga su constancia de situación fiscal y anota tres renglones: régimen, actividades y domicilio fiscal. Con esos tres renglones ya sabe qué se le pide y qué no.Paso 3. El nivel estatal y el municipal
En el código fiscal de su entidad busca el impuesto que corresponde a una persona física con actividad de reparación, y en el municipio revisa qué permiso tiene vigente el local. Anota la fecha de cada documento: los dos cambian.Paso 4. El reparto del trabajo
Con la hoja llena, Marisol escribe dos columnas. A la izquierda, lo que resuelve sola: constancia, comprobantes, permiso vigente y bitácora. A la derecha, lo que lleva al contador: el alta, el régimen, las declaraciones y las retenciones. Al abogado sólo lleva la duda de si su actividad está reservada a profesionales.Paso 5. El entregable
El entregable de esta lección es esa hoja de cuatro renglones: federal, estatal, municipal y profesional. Con ella, cualquier consulta empieza donde debe y no se pierde en el camino.
Paso 1 de 5
Ejemplo resuelto 2: la consulta que Marisol sí necesita
Paso 1. La pregunta mal hecha
Marisol llama a un contador y dice: «¿qué necesito para formalizarme?». La respuesta es larga y genérica, porque la pregunta no dice qué vende, dónde ni a quién.Paso 2. La pregunta bien hecha
Al día siguiente lleva la hoja: vende reparación y mantenimiento, local rentado en su municipio, cuarenta servicios al mes, trabaja sola. Con eso la respuesta es concreta: qué régimen corresponde a una persona física con actividad de reparación, qué declaraciones tiene que presentar y en qué plazo, y qué retiene cuando le paga a un proveedor que factura.Paso 3. Lo que ella resuelve sola
Mientras espera, Marisol baja su constancia de situación fiscal, ordena sus comprobantes por mes y anota en cada orden de trabajo el número de serie del aparato. Nada de eso requiere a nadie más.Paso 4. Lo que se lleva
La diferencia entre las dos consultas fue una hoja de cuatro renglones. El contador no le regaló tiempo: le ahorró el tiempo de preguntar por lo que ya estaba escrito.
Paso 1 de 4
6. Lo que te llevas
Tres decisiones y un producto. La primera: identificar en cuál de las cuatro listas de obligaciones estás. La segunda: separar federal, estatal y municipal, porque cada uno contesta una parte y ninguno sustituye a los otros. La tercera: saber de antemano qué llevas a la consulta y qué dejas de preguntar.
Y el producto: una hoja de cuatro renglones —federal, estatal, municipal y profesional— con la fecha de cada documento que consultaste. Esa hoja es la que convierte la próxima consulta en diez minutos en vez de veinte.
Marisol vende hoy sin estar dada de alta ante el SAT. ¿Qué dice la ley respecto de sus obligaciones?
El permiso que corresponde a un taller de reparación es el mismo en todos los municipios del país.
En el mapa de obligaciones de la figura, ¿cuántos niveles de autoridad aparecen?
El SAT lleva el registro de las personas físicas y morales con actividad económica y guarda tu de situación fiscal, donde aparecen tu régimen, tus actividades y tu domicilio fiscal.
Une cada forma de vender con lo que le corresponde.
Ordena cada asunto en el nivel que le corresponde.
Arrastra cada ficha a su categoría (o tócala y luego toca la categoría). También puedes usar el teclado.
Llega un cliente nuevo y quiere saber en qué situación estás. Ordena tus pasos.
Coloca los elementos en orden y pulsa Comprobar.
Un asistente escribió estas cinco notas en el chat del taller. Marca las que no se sostienen.
Marca la línea o las líneas con error y pulsa Comprobar.
Producto de la lección. Escribe tu hoja de cuatro renglones: federal, estatal, municipal y profesional. En cada renglón anota qué te toca, dónde lo consultaste y la fecha de la fuente. Si algo no lo sabes, escribe que no lo sabes: esa es la primera decisión que sale de aquí. Con la hoja llena, responde en una línea qué preguntarías primero en tu próxima consulta.
Sirve más una respuesta de hace dos semanas que una respuesta perfecta que nunca escribes. Y si no sabes si algo te aplica, escribe la duda con palabras: esa duda es exactamente lo que se lleva a la consulta.
Tu texto se guarda sólo en este dispositivo.
Memoria: seis palabras de la formalización
Empareja cada palabra con su significado. Con estas seis ya puedes seguir una conversación con un contador.
Tarjetas de repaso rápido
Toca una tarjeta para ver la respuesta.
Segunda pregunta del producto: elige una obligación que hoy haces sin papel y escríbela en dos versiones: cómo la haces ahora y cómo la harías con el papel en la mano. Con esa comparación decide qué vas a cambiar primero en tus servicios de este mes.
Escribe con números de tu propio negocio, no con los del ejemplo. Si no sabes cuántos servicios son, cuenta las últimas dos semanas y usa ese número.
Tu texto se guarda sólo en este dispositivo.
Fuentes y para saber más
Esta lección es orientación general y no sustituye la asesoría profesional de un contador o de un abogado: las obligaciones dependen de tu actividad y del lugar donde operas. Jurisdicción y vigencia, consultadas el 24 de octubre de 2026: federal, con el Código Fiscal de la Federación (última reforma publicada en el Diario Oficial (DOF) el 9 de abril de 2026) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (última reforma del 12 de noviembre de 2021); estatal, con el código fiscal de tu entidad, que cambia en cada estado; municipal, con los permisos del municipio donde se prestará el servicio. El caso de Marisol y sus cifras son ficticios y de práctica.
SAT: alta, constancia de situación fiscal y obligaciones vigentesBusca el trámite de alta de persona física y de persona moral, la constancia de situación fiscal y el catálogo de regímenes. Anota la fecha de la página: cambia seguido.
SAT en el portal del Gobierno: trámites y reglas de carácter generalBusca la sección de trámites y las reglas vigentes. Sirve para leer el marco general sin pagar una consulta.
Código Fiscal de la Federación, texto vigenteBusca los artículos 10 (domicilio fiscal), 27 (Registro Federal de Contribuyentes), 29 y 29-A (comprobante fiscal digital).
Reformas del Código Fiscal de la FederaciónConsulta la última reforma publicada en el DOF para saber qué versión está vigente.
Ley del Impuesto al Valor Agregado, texto vigenteBusca el artículo 1: qué personas están obligadas al pago del impuesto por enajenar bienes o prestar servicios.
Diario Oficial (DOF)Busca el decreto de la última reforma para leer el texto publicado, no el resumen de un portal.
PROFECO: información de consumoConsulta lo que corresponde a precios, garantías y publicidad cuando atiendes al consumidor final.
Para dominar este tema
Ahora sabes tres cosas: que las obligaciones dependen de cómo vendes y no sólo del oficio, que federal, estatal y municipal responden cosas distintas, y que hay una frontera clara entre lo que lees tú solo y lo que confirmas con un profesional. El paso que falta es el tuyo: escribe la hoja de cuatro renglones con la fecha de cada documento que consultaste. Esta lección es orientación general y no sustituye la asesoría profesional de un contador o de un abogado; confirma cada obligación con quien asesora y con la fuente oficial vigente.
Chequeo de la lección
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