Oficinas en renta

Impuestos de la renta: CFDI, IVA y retenciones sin sustos

Entender el flujo fiscal de una renta de oficinas en México: IVA, retenciones de ISR cuando el arrendador es persona física y el CFDI correcto.

El pago que no factura ni retiene: el error que se hereda por años

Calculadora, factura digital y sello del SAT sobre escritorio con edificio de oficinas de fondo
En arrendamiento, la administración no decide los impuestos: pero es quien recibe el pago, quien ve la factura y quien puede detectar el hoyo antes que el auditor.

El edificio es de una familia: doña Remedios y sus hermanos, personas físicas, rentan tres pisos a dos empresas y una A.C. Marisol recibe los pagos, concilia el banco y arma el reporte mensual. Nadie le pidió ocuparse de «lo del SAT»... hasta que la empresa del piso 4 le preguntó por qué su contador no encontraba las retenciones de ISR en su contabilidad. La administradora no es contadora, y no debe factificar por el propietario sin poder. Pero es la persona que ve pasar todo el dinero, y por eso es la única que puede detectar a tiempo los tres errores que se heredan por años en edificios con arrendadores personas físicas: pagos sin factura, IVA que nadie trasladó y retenciones que nadie enteró. Este objeto te da el mapa fiscal completo del arrendamiento de oficinas en México: quién paga qué, quién retiene a quién, qué CFDI se necesita y con qué preguntas exactas sentarte con el contador.

Qué vas a aprender Al terminar este objeto puedes: explicar el tratamiento de IVA e ISR en una renta de oficinas según quién arrienda (física o moral), identificar las retenciones que la persona moral inquilina debe practicarle a un arrendador persona física, y pedir el CFDI correcto en cada pago.

El mapa: quién es quién ante el SAT en esta operación

Regla de oro: estas reglas tienen versiones, topes y excepciones (ingresos totales, régimen del arrendador, destino del uso). El mapa sirve para hablar con el contador con las preguntas correctas, no para declarar por tu cuenta.
EscenarioIVAISR del arrendadorRetenciones del inquilino
Persona física arrienda a persona moral (oficina sin amueblar)Se traslada IVA 16 % sobre la renta (y sobre mantenimiento si es parte del precio pactado)Renta por uso temporal de inmueble: paga ISR, típicamente con deducción de gastos o deducción automática según régimenLa moral retiene 10 % de ISR mensual y entera su declaración; además retiene dos terceras partes del IVA, según reglas del CFF
Persona moral arrienda a persona moralLa arrendadora traslada IVA y lo entera; factura CFDI completoDentro de su régimen generalNo aplica retención de ISR por la renta
Persona física arrienda a persona físicaDependiendo del régimen y del usoEl arrendador declara según su régimenSin retención típica entre físicas: todo sobre el arrendador
Oficina AMUEBLADA o con servicios integradosGeneralmente gravado con IVA; el tratamiento puede cambiar de régimen (actividad empresarial)Según régimen del arrendadorVerificar con contador: no es el mismo paquete que arrendamiento puro

El CFDI de renta: los cinco campos que delatan si está bien hecho

  1. Emisor y receptor correctos: emite quien recibe el dinero (el arrendador o su representante con facultades), no la administradora «por comodidad» sin poder notarial.
  2. Clave del producto: arrendamiento (inmobiliario), no «honorarios» ni «servicios profesionales» genéricos; con el código de unidad (tiempo) y la periodicidad del pago.
  3. Desglose del precio: renta, mantenimiento, cajones o bodega por separado si se cobran distinto; el IVA al 16 % trasladado en su línea.
  4. Cadena de retenciones: cuando aplica, el CFDI (o su complemento) debe mostrar el ISR retenido (10 %) y la retención de IVA (dos terceras partes): si el inquilino retiene pero el documento no lo refleja, el arrendador no podrá acreditar lo ya retenido.
  5. Complemento de pago cuando el cobro es posterior: el recibo de banco no sustituye el CFDI; los pagos en parcialidades llevan su complemento.

Doña Remedios (persona física, arrendadora) renta un piso a una S.A. (persona moral). La renta mensual es 60,000 $ más IVA. ¿Qué debe verse en el flujo del pago, en números redondos?

Si el arrendador es persona moral, el inquilino persona moral debe retenerle el 10 % de ISR cada mes.

El IVA de la renta se (lo carga el arrendador en su factura) y, cuando el arrendador es persona física, el inquilino persona moral le una parte mediante retención.

Los tres hoyos fiscales heredados (y cómo detectarlos desde la administración)

Ordena el circuito mensual limpio de una renta con arrendador persona física.

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Audita estos correos del departamento de contabilidad del inquilino y marca los que tienen hoyo fiscal.

  1. «Adjunto tu depósito de junio: 60,000 menos la retención de costumbre. Ya me avisas si te sale algún tema.»
  2. «Para tu factura de junio: ponme el RFC de la empresa en el receptor, como siempre, y el concepto de arrendamiento con tu IVA.»
  3. «Tu recibo no muestra la retención de ISR; necesito el documento con la retención reflejada para mis libros, gracias.»
  4. «Mejor este mes no factures: te mando el depósito y al año hacemos una sola factura por todo.»
  5. «Aquí van las constancias de retención de ISR e IVA de los últimos tres meses.»

Identifica la linea con error.

Las cinco preguntas para tu contador Un buen acuerdo administradora-contador se firma con cinco preguntas: (1) ¿el régimen del propietario cambia algo en esta retención? (2) ¿el mantenimiento facturable va aparte o dentro del precio? (3) ¿qué documento le entrego al inquilino cuando hay retención? (4) ¿el contrato debe decir «más IVA» explícitamente? (5) ¿qué pasa fiscalmente cuando damos meses de gracia o pagamos adecuaciones? Lleva el contrato: el contador no puede adivinar el destino del inmueble ni el desglose del precio.

De los pagos del último mes en tu propiedad: ¿cuáles llegaron con CFDI del periodo, cuáles con retención documentada y en cuáles «así se ha hecho siempre»? Escribe las cinco preguntas de la junta con el contador para el régimen real de tu(s) propietario(s).

PistaEl hoyo fiscal más común no es evadir: es no documentar algo que sí se pagó. La conciliación mensual de la administradora es la última línea de detección.
Este curso no da asesoría legal ni fiscal El curso enseña la práctica del mercado mexicano y cita leyes y reglas generales. Cada contrato, tema fiscal o conflicto concreto se decide con la legislación de tu estado y con profesionales (abogado y contador). La regla de oro de la administradora profesional: documentar, verificar y saber a quién llamar a tiempo.

Para dominar este tema

Lo esencial que debes saber

Preguntas clave del tema

  1. ¿Qué cambia cuando el arrendador es persona física versus persona moral?
  2. ¿Qué cinco campos del CFDI delatan si está bien hecho?
  3. ¿Por qué el recibo bancario no sustituye la factura?
  4. ¿Qué documento acredita la retención ante el SAT y ante el arrendador?
  5. ¿Cómo debe redactarse el precio de la renta para que el IVA no sea sorpresa?

Lo que debes poder hacer

Siguiente paso: Renta caída: cobrar sin pelear — cuando la factura y la retención están en orden, el único problema restante es que alguien no pague: y aun eso tiene escala profesional.